En España, casi tres millones de personas están desempleadas. Si alguna de ellas se enferma y necesita solicitar una baja por incapacidad temporal, ¿qué sucede? ¿Puedes pedir una baja laboral? Según este artículo, si estás recibiendo el paro, puedes solicitar una baja por incapacidad, pero la prestación por desempleo continúa siendo pagada, lo que significa que los días de paro se consumirán.
El desempleo plantea muchas incertidumbres, incluida la pregunta de si se puede solicitar un permiso por enfermedad mientras se está desempleado. La preocupación más importante es si este permiso afectará el tiempo de desempleo.
Desempleo y baja médica: dos conceptos que no son incompatibles
Si recibes una prestación, puedes estar en dos situaciones: recibir una prestación contributiva o cobrar un subsidio por desempleo. En estos casos, es posible solicitar una baja por incapacidad temporal. Durante la baja médica, ambos seguirán recibiendo el mismo monto y la prestación por prestación desempleo no se detendrá, por lo que se consumirán los días de desempleo. Recuerda que, durante tu baja médica, deberás proporcionar ciertos documentos relacionados con tu discapacidad al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Si estás desempleado y necesitas una baja médica, puedes seguir los siguientes pasos:
Consulta a tu médico de cabecera: Pídele que te emita un informe médico que justifique tu incapacidad temporal para trabajar.
Contacta con la mutua: Si estás afiliado a una mutua de accidentes de trabajo, puedes contactar con ellos.
Si tu enfermedad dura más tiempo del que te queda de prestación por desempleo, es un escenario común y está previsto. Si tu prestación contributiva por desempleo termina antes de que tengas el alta médica, entonces existen dos opciones:
Baja médica por recurrencia: Si la baja es debido a una recurrencia de un trastorno médico que comenzó mientras estabas trabajando y de alta, continuarás recibiendo el mismo pago hasta que dure la baja médica, incluso si la prestación por desempleo ya se ha agotado.
Si no se trata de una recurrencia, cuando la prestación por desempleo finalice, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) continuará pagando la prestación por incapacidad hasta el alta, pero el monto será del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ( IPREM). Todo esto debe ser gestionado ante el INSS.
Si recibes un subsidio por desempleo en lugar de una prestación contributiva y estás en baja médica, los días de subsidio se agotarán y su duración no se verá afectada. Esto significa que si aún estás de baja cuando finalice el subsidio, ya no tendrás derecho a ninguna prestación.